Disposición adicional undécima.
Disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. · BOE-A-1985-12666
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-07-03.
Texto consolidado
Queda autorizado el Gobierno para actualizar cada cinco años las cuantías de las multas mencionadas en el texto.