Disposición adicional undécima. Modificación de la Ley de Cantabria 17/2006, de 10 de marzo, de Control Ambiental Integrado.
Disposición adicional undécima de la Ley 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria. · BOE-A-2012-7709
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-06-02.
Texto consolidado
Se modifica el apartado 3 de la disposición transitoria primera de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, que pasa a tener la siguiente redacción:
«3. El Acta de conformidad ambiental prevista en los artículos 20 y 34 de la presente Ley será únicamente exigible a aquellas actividades que vayan a iniciar su funcionamiento con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley.»
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- Ver la norma completa: Ley 2/2012, de 30 de mayo, de Medidas Administrativas, Económicas y Financieras para la ejecución del Plan de Sostenibilidad de los Servicios Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.