Disposición adicional undécima. Fondo del Patrimonio Público del Suelo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Disposición adicional undécima del Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística. · DOCM-q-2023-90063
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-04-16.
Texto consolidado
1. Los ingresos a los que se refieren los artículos 76 y 77 constituyen el Fondo del Patrimonio Público del Suelo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Este es el instrumento presupuestario que centraliza los créditos del presupuesto de gastos que se destinarán a los fines legalmente establecidos.
2. La gestión del fondo corresponderá a la consejería competente en materia de ordenación territorial y urbanística.
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- Ver la norma completa: Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.