Disposición adicional trigésima tercera. Pagos por remuneración negativa de fondos del Tesoro Público.
Disposición adicional trigésima tercera de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015. · BOE-A-2014-13612
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.
Texto consolidado
Con efectos de 1 de enero de 2015 y vigencia indefinida, se autoriza a la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera a efectuar, mediante operaciones no presupuestarias, los pagos correspondientes a las obligaciones económicas que se deriven de la aplicación de tipos de interés negativos por el Banco de España o en las operaciones de gestión de liquidez a que se refiere el artículo 108.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Con posterioridad a su realización, la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera procederá a la aplicación al Presupuesto de los pagos realizados en el ejercicio, salvo los efectuados en el último trimestre el mismo, que se aplicarán al Presupuesto en el año siguiente.