Disposición adicional trigésima novena. Ampliación del plazo previsto en la disposición transitoria quinta bis de la Ley General de la Seguridad Social.
Disposición adicional trigésima novena de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. · BOE-A-1998-30155
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-01-01.
Texto consolidado
Se procede a ampliar el plazo previsto en la disposición transitoria quinta bis del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, en la redacción dada a la misma por la Ley 24/1997, de 15 de julio, de Consolidación y Racionalización del Sistema de Seguridad Social, de modo que las Disposiciones reglamentarias previstas en el apartado 3 del artículo 137 del mencionado texto legal, deberán ser aprobadas por el Gobierno durante el ejercicio de 1999.
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