Disposición adicional tercera. No incremento del gasto público.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 92/2018, de 2 de marzo, por el que se regula el régimen de los organismos pagadores y de coordinación con los fondos europeos agrícolas, FEAGA y FEADER. · BOE-A-2018-4001
Atención: Real Decreto 92/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La aplicación de lo dispuesto en este real decreto no implicará incremento del gasto público, siendo asumidas las funciones y los gastos por los recursos humanos y medios materiales destinados al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.
Más artículos de Real Decreto 92/2018
- ← Disposición adicional segunda. Anticipos por cuenta de la Unión Europea.
- → Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Ver la norma completa: Real Decreto 92/2018, de 2 de marzo, por el que se regula el régimen de los organismos pagadores y de coordinación con los fondos europeos agrícolas, FEAGA y FEADER.