Disposición adicional tercera. Titulaciones equivalentes y vinculación con capacitaciones profesionales.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 652/2017, de 23 de junio, por el que se establece el título de Técnico en actividades ecuestres y se fijan los aspectos básicos del currículo. · BOE-A-2017-7982
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-09.
Texto consolidado
La formación establecida en este real decreto en el módulo profesional de Formación y orientación laboral capacita para llevar a cabo responsabilidades profesionales equivalentes a las que precisan las actividades de nivel básico en prevención de riesgos laborales, establecidas en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, siempre que tenga, al menos, 45 horas lectivas.
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