Disposición adicional tercera. Modificación del rango orgánico de órganos directivos de determinados organismos autónomos.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. · BOE-A-2012-2397
Atención: Real Decreto 401/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Los presidentes de las Confederaciones Hidrográficas del Júcar, Tajo, Guadiana, Duero y Ebro tendrán rango de Subdirector General.
2. Quedan suprimidos los niveles orgánicos de Dirección General de los órganos a que se hace referencia en el apartado anterior.