Disposición adicional tercera. Financiación.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, por el que se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Foro para la integración social de los inmigrantes · BOE-A-2006-625
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-18.
Texto consolidado
Para el desempeño de sus funciones, el Foro para la integración social de los inmigrantes contará con los créditos presupuestarios que asigne el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, sin que en ningún caso pueda originarse incremento del gasto público, salvo lo que resulte de lo dispuesto en el artículo 13 de este real decreto.
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