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Orden Vigente

Disposición adicional tercera. Coeficiente «C» a aplicar al término de conducción del peaje de transporte y distribución en vigor para los consumidores conectados a redes de distribución alimentadas desde plantas satélites.

Disposición adicional tercera de la Orden ITC/3128/2011, de 17 de noviembre, por la que se regulan determinados aspectos relacionados con el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas. · BOE-A-2011-18065

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-11-19.

Texto consolidado

De acuerdo con la fórmula incluida en el artículo 9 de la presente orden, a los consumidores conectados a redes de distribución alimentadas desde planta satélite les será de aplicación el término de conducción en vigor que les corresponda de acuerdo a su presión de suministro y volumen de consumo multiplicado por el siguiente factor «C»:

Reserva de

capacidad

Factor de carga

72,9%

Peaje medio de

transporte y distribución

(incluyendo R. de

capacidad)

cts/kWh

Término de

conducción

medio

cts/kWh

Coeficiente a aplicar

al término de

conducción

“C”

Término de

conducción

Factor de carga

2.1

68,1%

1,2926

1,2494

69,1%

2.2

70,5%

0,4625

0,4192

73,7%

2.3

60,9%

0,3680

0,3248

75,7%

2.4

64,6%

0,3275

0,2843

76,9%

2.5

72,6%

0,2815

0,2383

78,9%

2.6

55,0%

0,3027

0,2595

77,9%

Consumo medio

(MWh/año)

3.1

2,452

3,6796

3,6364

67,6%

3.2

10,229

2,5807

2,5375

67,9%

3.3

59,365

2,3935

2,3503

68,0%

3.4

459,472

1,3375

1,2943

69,0%

Factor de carga

3.5

47,06%

0,5445

0,5013

72,5%

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-11-19.

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