Disposición adicional tercera. No incremento del gasto público.
Disposición adicional tercera de la Orden HAP/535/2015, de 19 de febrero, por la que se regulan la organización y funcionamiento del Registro de órganos de representación del personal en la Administración General del Estado. · BOE-A-2015-3375
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-01.
Texto consolidado
El desarrollo de la presente Orden atenderá a los criterios de racionalización, de economía en el gasto público y de eficacia, encaminados a una ordenada gestión, y no implicará incremento de gasto público.
Los medios y gastos materiales que en cada caso sean necesarios para dicho desarrollo, serán proporcionados por los Departamentos Ministeriales con cargo a los créditos ya existentes.
Más artículos de Orden HAP/535/2015
- ← Disposición adicional segunda. Organismos, Universidades y demás entidades de derecho público no incluidas en el ámbi…
- → Disposición adicional cuarta. Facultades de control.
- Ver la norma completa: Orden HAP/535/2015, de 19 de febrero, por la que se regulan la organización y funcionamiento del Registro de órganos de representación del personal en la Administración General del Estado.