Disposición adicional tercera. Colaboración y cooperación entre Administraciones.
Disposición adicional tercera de la Ley 9/2021, de 1 de julio, de declaración del Parque Nacional de la Sierra de las Nieves. · BOE-A-2021-10958
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-03.
Texto consolidado
Al objeto de contribuir a que el Parque Nacional de la Sierra de las Nieves alcance un nivel de gestión y conservación acorde con lo establecido en la normativa básica de parques nacionales, se faculta al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a través del Organismo Autónomo Parques Nacionales, para suscribir y poner en marcha cuantos acuerdos, convenios y consorcios con las Administraciones competentes se consideren convenientes para su logro.
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