Disposición adicional tercera. Colaboración de las Diputaciones Provinciales.
Disposición adicional tercera de la Ley 7/2018, de 14 de diciembre, por la que se regula la Conferencia de Titulares de Alcaldías y Presidencias de Diputación, el estatuto de los miembros de las entidades locales y la información en los Plenos. · BOE-A-2019-804
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE.
Texto consolidado
Las Diputaciones Provinciales de Castilla y León determinarán las formas de asistencia y colaboración a los municipios menores de 5.000 habitantes que no tengan capacidad económica, técnica u organizativa suficiente para hacer efectivos los compromisos establecidos en esta ley.
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