Disposición adicional tercera. Colaboración con las confesiones religiosas.
Disposición adicional tercera de la Ley 6/2023, de 30 de marzo, de Archivos y Documentos de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2023-15468
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-12.
Texto consolidado
1. La Consejería competente en materia de archivos, gestión de documentos y patrimonio documental promoverá el establecimiento de instrumentos de colaboración con las distintas confesiones religiosas con el fin de asegurar la preservación, difusión y servicio de su patrimonio documental.
2. A los efectos del ejercicio de los derechos de tanteo y retracto regulados en el artículo 89, no se considerará transmisión de la titularidad o tenencia la realizada entre las instituciones de la Iglesia Católica dentro del territorio de la Comunidad de Madrid.
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