Disposición adicional tercera. Políticas de igualdad en las profesiones del deporte.
Disposición adicional tercera de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2017-3069
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-06-15.
Texto consolidado
El Gobierno de la Comunidad de Madrid, en colaboración con otras Administraciones públicas, asociaciones profesionales, federaciones deportivas y con otras entidades deportivas análogas, promoverá la realización de políticas para la igualdad de trato y de oportunidades en el acceso y ejercicio a las profesiones reguladas en esta Ley.
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