Disposición adicional tercera. Uso de aplicaciones para la gestión.
Disposición adicional tercera de la Ley 5/2022, de 19 de diciembre, de la renta canaria de ciudadanía. · BOE-A-2023-2940
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-29.
Texto consolidado
La recepción, registro, valoración y resolución del procedimiento para la obtención de la renta de ciudadanía se realizarán a través de una aplicación informática puesta a disposición de las administraciones competentes en el plazo de tres meses, que permita la gestión electrónica a los ayuntamientos y al centro directivo competente en su tramitación y resolución.