Disposición adicional tercera. Colaboración económica.
Disposición adicional tercera de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del ruido de Castilla y León. · BOE-A-2009-11125
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-09.
Texto consolidado
1. La Junta de Castilla y León, para apoyar el desarrollo de las actuaciones previstas en esta ley, promoverá la correspondiente colaboración económica con las Corporaciones Locales.
2. La Junta de Castilla y León dispondrá ayudas económicas destinadas a la implantación en las empresas de programas, procedimientos y tecnologías destinados a la prevención, reducción y control de sus emisiones sonoras.