Disposición adicional tercera. Ejercicio de actividades de voluntariado por personal al servicio de la Administración pública regional.
Disposición adicional tercera de la Ley 5/2004, de 22 de octubre, del voluntariado en la Región de Murcia. · BOE-A-2005-14344
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-02-10.
Texto consolidado
La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia podrá adoptar aquellas medidas necesarias para que el personal a su servicio pueda desempeñar actividades de voluntariado, conciliando su régimen funcionarial, laboral o estatutario con la efectiva realización de dichas actividades, siempre y cuando lo permitan las necesidades del servicio.