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Ley Vigente

Disposición adicional tercera. Plazo para la cancelación de datos personales.

Disposición adicional tercera de la Ley 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2018-7154

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-08.

Texto consolidado

En el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de la presente ley, las Administraciones públicas aragonesas habilitarán los mecanismos administrativos oportunos y coordinados para la cancelación del acceso a los datos establecidos en el artículo 9.2 que obren en archivos, bases de datos y demás ficheros pertenecientes a las Administraciones aragonesas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-05-08.

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