Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Ley 4/1995, de 6 de abril, de incompatibilidades, actividades y bienes de los altos cargos del Principado de Asturias. · BOE-A-1995-15187
Atención: Ley 4/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Lo dispuesto en esta Ley se entenderá sin perjuicio de las incompatibilidades más rigurosas establecidas para determinados altos cargos de acuerdo con la especial naturaleza de su función.