Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Ley 39/1997, de 8 de octubre, por la que se aprueba el programa PREVER para la modernización del parque de vehículos automóviles, el incremento de la seguridad vial y la defensa y protección del medio ambiente. · BOE-A-1997-21521
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-10-10.
Texto consolidado
Hasta tanto se aprueben nuevos modelos de declaración-liquidación por el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, la autoliquidación e ingreso del Impuesto con aplicación de la deducción prevista en el artículo 70 bis de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, se efectuará mediante el modelo 567 aprobado por Orden del Ministro de Economía y Hacienda de 20 de abril de 1994 («Boletín Oficial del Estado» del 22).