Disposición adicional tercera. Registros.
Disposición adicional tercera de la Ley 28/2002, de 17 de diciembre, de Creación de la Comarca de Cuencas Mineras. · BOE-A-2003-1494
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-12-28.
Texto consolidado
Los registros de las diversas entidades locales integrantes de la comarca tendrán la consideración de Registros delegados del general de la comarca a los efectos de entrada, salida y presentación de documentos.