Disposición adicional tercera. Ampliación del plazo de cancelación de préstamo otorgado a la Seguridad Social.
Disposición adicional tercera de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009. · BOE-A-2008-20744
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-01.
Texto consolidado
Se amplía en diez años, a partir de 2009, el plazo para la cancelación del préstamo otorgado a la Seguridad Social por el Estado, a que se refiere el artículo 12.Tres de la Ley 49/1998, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1999.
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