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Ley Vigente 2 redacciones

Disposición adicional tercera. Nombramiento de los vocales.

Disposición adicional tercera de la Ley 2/2008, de 11 de julio, por la que se crea el Instituto de Finanzas de Cantabria. · BOE-A-2008-13911

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Texto consolidado

Por los órganos competentes se procederá en el plazo de tres meses a la designación de los vocales que deban formar parte del Consejo Ejecutivo del Instituto de Finanzas de Cantabria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-842.

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