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Ley Vigente

Disposición adicional tercera. Servicio de Asesoramiento y Promoción Empresarial.

Disposición adicional tercera de la Ley 2/2002, de 12 de abril, del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias. · BOE-A-2002-10338

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-05-30.

Texto consolidado

1. Las funciones encomendadas al Servicio de Asesoramiento y Promoción Empresarial, órgano desconcentrado de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, pasarán a desempeñarse por la entidad pública Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias.

2. Por el Consejo de Gobierno del Principado de Asturias se aprobará la relación de puestos de trabajo del personal funcionario dependiente del Servicio de Asesoramiento y Promoción Empresarial que vaya a integrar la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de la entidad pública Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias.

3. La Consejería competente en materia de función pública notificará a los afectados su nueva dependencia orgánica.

4. El personal funcionario del citado Servicio que sea destinado al Instituto continuará en la situación de servicio activo y sometido a la legislación de función pública.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-05-30.

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