Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Ley 2/1997, de 31 de marzo, de creación del Colegio Oficial de Podólogos de La Rioja. · BOE-A-1997-7804
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-04-13.
Texto consolidado
El acta de la asamblea colegial constituyente que incorporará los estatutos del Colegio y la composición de sus órganos de gobierno, se remitirá a la Consejería de Desarrollo Autonómico, Administraciones Públicas y Medio Ambiente, quien ordenará la publicación de aquéllos en el «Boletín Oficial de La Rioja».