Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Ley 16/2003, de 17 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat Valenciana. · BOE-A-2004-2433
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-01-01.
Texto consolidado
Las competencias y referencias que la Ley 2/1992, de 26 de marzo, de Saneamiento de las Aguas Residuales de la Comunidad Valenciana hace a la Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte y a la Conselleria de Medio Ambiente, deben entenderse realizadas a la conselleria o consellerias que, en cada momento, resulten competentes en materia de saneamiento y depuración de aguas residuales.