Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Ley 15/1999, de 29 de abril, de las academias de ámbito de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1999-17588
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-06-05.
Texto consolidado
Las academias creadas conforme a esta Ley tendrán, fuera de la Comunidad de Madrid, la consideración que la legislación del Estado les atribuya.