Disposición adicional tercera. Actualización de las cuantías de las multas y afectación de ingresos por multas.
Disposición adicional tercera de la Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y la adolescencia de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2008-14050
Atención: Ley 12/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las cuantías de las multas por las infracciones administrativas tipificadas en esta Ley serán revisadas por Decreto del Consell, de conformidad con las variaciones que experimenten los indicadores económicos.
2. Los ingresos derivados de las sanciones establecidas en la presente Ley estarán destinados a los programas de gastos que comprendan actuaciones en materia de atención y protección de menores.