Disposición adicional tercera. Registros.
Disposición adicional tercera de la Ley 12/2003, de 24 de marzo, de Creación de la Comarca de Bajo Aragón-Caspe/Baix Aragó-Casp. · BOE-A-2003-8226
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.
Texto consolidado
Los Registros de las diversas entidades locales integrantes de la Comarca tendrán la consideración de Registros delegados del general de la comarca a los efectos de entrada, salida y presentación de documentos.