Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera de la Ley 10/1990, de 23 de mayo, de Colegios Profesionales. · BOE-A-1990-13749
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-05-29.
Texto consolidado
Se reconocen como Colegios Profesionales de Canarias los existentes a la entrada en vigor de esta Ley cuyo ámbito territorial de actuación se circunscriba exclusivamente a todo o parte del territorio del archipiélago.