Disposición adicional tercera. Centros que imparten simultáneamente enseñanzas artísticas superiores y profesionales.
Disposición adicional tercera de la Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales. · BOE-A-2024-11613
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-28.
Texto consolidado
Lo previsto en esta ley será de aplicación a los centros que impartan simultáneamente enseñanzas artísticas superiores y profesionales, con las adaptaciones que se precisen. Las administraciones educativas competentes promoverán la progresiva especialización de estos centros en unas u otras enseñanzas.
Más artículos de Ley 1/2024
- ← Disposición adicional segunda. Registro Estatal de Enseñanzas Artísticas Superiores.
- → Disposición adicional cuarta. Nuevas enseñanzas profesionales.
- Ver la norma completa: Ley 1/2024, de 7 de junio, por la que se regulan las enseñanzas artísticas superiores y se establece la organización y equivalencias de las enseñanzas artísticas profesionales.