Disposición adicional tercera. Modificación de la Ley 10/1998, de 21 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista en la Región de Murcia.
Disposición adicional tercera de la Ley 1/2002, de 20 de marzo, de Adecuación de los Procedimientos de la Administración Regional de Murcia a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. · BOE-A-2002-10229
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-31.
Texto consolidado
Se modifica la Ley 10/1998, de 21 de diciembre, sobre Régimen del Comercio Minorista en la Región de Murcia, quedando redactado el apartado 1 del artículo 15 del siguiente modo:
«La resolución será adoptada en el plazo de nueve meses, sin perjuicio de la posibilidad de ampliación conforme al artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Transcurrido el plazo para resolver sin haberse adoptado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud de licencia comercial por silencio administrativo.»
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