Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera del Decreto-ley 24/2020, de 16 de junio, de medidas extraordinarias en materia de personal. · BOE-A-2020-9554
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-18.
Texto consolidado
Por Acuerdo del Gobierno, se debe determinar la financiación de las prestaciones previstas en los artículos 1, 2 y 4, y en las disposiciones adicionales primera y segunda de este Decreto-ley y adoptar, si procede, las correspondientes modificaciones presupuestarías.