Disposición adicional sexta. Realización de reconocimientos médicos por el Sistema Nacional de Salud.
Disposición adicional sexta del Real Decreto 893/2024, de 10 de septiembre, por el que se regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del servicio del hogar familiar. · BOE-A-2024-18182
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-09-12.
Texto consolidado
El Ministerio de Sanidad promoverá la inclusión de la realización gratuita de los reconocimientos médicos previstos en el artículo 8 en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, en los términos del artículo 8 del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
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