Disposición adicional sexta. Consolidación de las unidades TIC.
Disposición adicional sexta del Real Decreto 771/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2017-9014
Atención: Real Decreto 771/2017 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En el ejercicio de las funciones de implementación y desarrollo de la política en materia de tecnologías de la información y comunicaciones en el ámbito del Ministerio, la Subdirección General de Tecnologías y Servicios de Información promoverá, en colaboración con las unidades competentes del Ministerio y de sus organismos adscritos, la consolidación de los recursos humanos, económico-presupuestarios, técnicos y materiales vinculados.
Atendiendo a su régimen competencial singular, mantendrán su dependencia orgánica actual las unidades TIC del Boletín Oficial del Estado, del Centro de Investigaciones Sociológicas y del Centro Nacional de Inteligencia.
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