Disposición adicional sexta. Delegaciones de competencias.
Disposición adicional sexta del Real Decreto 199/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2012-1033
Atención: Real Decreto 199/2012 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las delegaciones de competencias otorgadas por los distintos órganos del Ministerio de la Presidencia no revocadas hasta la fecha de la entrada en vigor de este real decreto, continuarán siendo válidas y podrán hacer uso de ellas los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente competencia hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas a los diferentes órganos resultantes de la aplicación de este real decreto.
Más artículos de Real Decreto 199/2012
- ← Disposición adicional quinta. No incremento del gasto público.
- → Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general y rég…
- Ver la norma completa: Real Decreto 199/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.