Disposición adicional sexta. Alumnado con necesidades educativas especiales.
Disposición adicional sexta del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas. · BOE-A-2007-19184
Atención: Real Decreto 1467/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las administraciones educativas establecerán las condiciones de accesibilidad y recursos de apoyo que favorezcan el acceso al currículo del alumnado con necesidades educativas especiales y adaptarán los instrumentos, y en su caso, los tiempos y apoyos que aseguren una correcta evaluación de este alumnado.
Más artículos de Real Decreto 1467/2007
- ← Disposición adicional quinta. Alumnado con altas capacidades intelectuales.
- → Disposición adicional séptima. Correspondencia con otras enseñanzas.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas.