Disposición adicional sexta.
Disposición adicional sexta del Real Decreto 1378/2001, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Geólogos. · BOE-A-2001-24079
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-20.
Texto consolidado
El Ilustre Colegio Oficial de Geólogos de España se relacionará con la Administración General del Estado a través del Ministerio de Medio Ambiente o de aquel que, por vía reglamentaria, determine el Gobierno.