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Real Decreto Vigente

Disposición adicional sexta. Titulaciones habilitantes a efectos de docencia.

Disposición adicional sexta del Real Decreto 113/2017, de 17 de febrero, por el que se establece el título de Técnico Superior en gestión del agua y se fijan los aspectos básicos del currículo. · BOE-A-2017-2309

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-05.

Texto consolidado

1. A los efectos del artículo 12.2 de este real decreto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95.1 de la Ley Orgánica, 2/2006, de 3 de mayo, y en la disposición adicional décimo quinta de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, las titulaciones recogidas en el anexo III B) del presente real decreto habilitarán a efectos de docencia para las distintas especialidades del profesorado.

2. A los efectos del artículo 12.3 de este real decreto, y de conformidad con la disposición adicional décimo quinta de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, excepcionalmente las titulaciones recogidas en el anexo III D) del presente real decreto para los distintos módulos profesionales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-03-05.

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