Disposición adicional sexta. Retribución definitiva por extensión de vida útil del almacenamiento subterráneo «Serrablo» del año 2018.
Disposición adicional sexta de la Orden TED/1286/2020, de 29 de diciembre, por la que se establecen la retribución y cánones de acceso de los almacenamientos subterráneos básicos para el año 2021. · BOE-A-2020-17346
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.
Texto consolidado
En aplicación de la normativa en vigor, se reconocen 945.313,87 € en concepto de retribución definitiva por extensión de vida útil del almacenamiento subterráneo «Serrablo» del año 2018. De esta cantidad, 676.956,54 € fueron reconocidos de forma provisional mediante la Resolución de 13 de noviembre de 2020 de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se determina la retribución definitiva de los costes de operación y mantenimiento de los años 2017 y 2018 correspondientes a los almacenamientos subterráneos «Serrablo» y «Gaviota», la retribución transitoria a cuenta de la definitiva de los costes de operación y mantenimiento de los años 2017 y 2018 del almacenamiento subterráneo «Yela» y la retribución provisional de los costes de extensión de vida útil del almacenamiento «Serrablo», propiedad de ENAGAS Transporte S.A.U. Por ello procede reconocer un saldo de 268.357,33 €.
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