Disposición adicional sexta. Sociedades cooperativas de crédito y secciones de crédito de las sociedades cooperativas.
Disposición adicional sexta de la Ley 9/2018, de 30 de octubre, de sociedades cooperativas de Extremadura. · BOE-A-2018-16345
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-02.
Texto consolidado
1. Las sociedades cooperativas de crédito se regirán por su legislación específica.
2. Las secciones de crédito de las sociedades cooperativas se regirán por su legislación específica, sin perjuicio de su sometimiento a la presente Ley.