Disposición adicional sexta. Colaboración institucional.
Disposición adicional sexta de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco. · BOE-A-2016-6088
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-06-14.
Texto consolidado
El protectorado remitirá a las haciendas forales de los territorios históricos la información relativa a las fundaciones que no hayan dado cumplimiento a las obligaciones de carácter económico señaladas en los artículos correspondientes, en el marco del deber de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos.
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