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Ley Derogada

Disposición adicional sexta. Banco de datos de evaluación ambiental.

Disposición adicional sexta de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. · BOE-A-2006-7677

Atención: Ley 9/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Ministerio de Medio Ambiente creará un banco de datos con la información relativa a las evaluaciones ambientales que se realicen en el ámbito de la Administración del Estado.

2. La información contenida en dicho banco de datos deberá ser accesible al público y se mantendrá actualizada conforme a la legislación sobre acceso a la información ambiental y participación pública en materia de medio ambiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-04-30.

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