Disposición adicional sexta. Evaluación de impacto ambiental.
Disposición adicional sexta de la Ley 6/2022, de 5 de diciembre, del Cambio Climático y la Transición Ecológica de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2023-4378
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-06-01.
Texto consolidado
La conselleria competente en materia de medio ambiente y cambio climático en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de esta ley, establecerá orientaciones en las cuales se indiquen las pautas que se tienen que seguir para la incorporación del cambio climático en el procedimiento de evaluación ambiental de planes, programas y proyectos.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2025-11959.