Disposición adicional sexta.
Disposición adicional sexta de la Ley 4/1996, de 22 de mayo, relativa al Instituto Aragonés de Servicios Sociales. · BOE-A-1996-13286
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-28.
Texto consolidado
El Plan Aragonés de Servicios Sociales a que hace referencia el artículo 7.d) deberá ser remitido por el Gobierno de Aragón a las Cortes de Aragón para su debate.