Disposición adicional sexta. Perspectiva de género.
Disposición adicional sexta de la Ley 35/2007, de 15 de noviembre, por la que se establece la deducción por nacimiento o adopción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y la prestación económica de pago único de la Seguridad Social por nacimiento o adopción. · BOE-A-2007-19745
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-11-16.
Texto consolidado
En el diseño, aplicación y evaluación de las políticas familiares se potenciará la perspectiva de género.
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