Disposición adicional sexta.
Disposición adicional sexta de la Ley 15/2002, de 27 de junio, de Ordenación Vitivinícola. · BOE-A-2002-14986
Atención: Ley 15/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los distintos organismos y departamentos de la Generalidad que tengan competencias en materia de agricultura, de comercio y de sanidad, entre otras, han de establecer protocolos de coordinación con el objetivo de incrementar la efectividad en los controles exigidos por la legislación vigente y establecer un sistema de comunicación de los controles efectuados por estos organismos a las denominaciones de origen.