Disposición adicional sexta. Fomento de la contratación precomercial.
Disposición adicional sexta de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico. · BOE-A-2014-1586
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-02-16.
Texto consolidado
El Consejo de la Xunta, mediante acuerdo, fijará dentro de los presupuestos de cada consejería y de cada entidad instrumental del sector público autonómico las cuantías necesariamente destinadas a la financiación de contratos a los que hace referencia el artículo 4.1.r) del texto refundido de la Ley de contratos del sector público, aprobado por el Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. Una parte de ellas podrá reservarse a pequeñas y medianas empresas innovadoras.
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