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Ley Vigente

Disposición adicional sexta. Fomento de prácticas y usos del agua sostenibles del agua.

Disposición adicional sexta de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón. · BOE-A-2015-185

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-10.

Texto consolidado

El Instituto Aragonés del Agua, junto con el resto de instituciones y organismos competentes en la materia, fomentará las prácticas y usos sostenibles del agua en la Comunidad Autónoma de Aragón, tales como los deportes náuticos, la pesca fluvial y cualesquiera otras que resulten sostenibles, compatibles con la conservación del medio ambiente y la legislación vigente, y contribuyan al desarrollo socioeconómico y la vertebración del territorio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-10.

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